Uno de los momentos más complejos que puede atravesar un trabajador es el termino de la relación laboral con su empleador, ya sea por renuncia voluntaria o por un despido. Este proceso no solo implica una transición emocional y profesional para la persona afectada, sino también una serie de trámites legales y administrativos que deben llevarse a cabo correctamente para garantizar que ambas partes cumplan con sus obligaciones.

En estos casos, el trabajador deberá concretar su salida del puesto laboral a través de un finiquito, documento legal que certifica la terminación de la relación entre el trabajador y su empleador.

Este documento es esencial, ya que permite proteger los derechos del trabajador al detallar todas las obligaciones pendientes entre ambas partes, incluyendo el pago de sueldos, vacaciones pendientes, indemnizaciones por años de servicio, si es que corresponde, y cualquier otro beneficio pactado en el contrato de trabajo.

¿Qué trámites debo seguir si me despiden o renuncio?

Uno de los principales trámites en este caso es la ratificación del finiquito laboral, ya que esta es la validación ante las autoridades del término de la relación laboral. En este caso el empleador o el trabajador, según sea el caso, deben presentar la documentación respectiva ante la Inspección del Trabajo que corresponda a la dirección del lugar de trabajo.

En este caso, cualquiera de las partes relacionadas, ya sea empleador o el colaborado, podrá ser sustituido por un representante que firme por la persona ausente, contando con un poder simple.

De todas formas, la Dirección del Trabajo propuso simplificar este trámite hace unos años, abriendo la posibilidad de que se realice a través del sitio de la DT, aunque este proceso solo puede ser iniciado por el empleador a través de su portal. Posteriormente, la propuesta de finiquito queda disponible para que el trabajador la acepte en la misma plataforma.

¿Qué pagos deben estar considerados en el finiquito?

En primer lugar, cualquier finiquito debe considerar el pago al trabajador de los días trabajados que aún no hayan sido remunerados, junto con los días de vacaciones legales que el colaborador aún no se haya tomado y que estén pendientes, ya sea por despido, término de contrato o renuncia voluntaria.

En tanto si un trabajador es despedido, puede tener derecho a varias indemnizaciones dependiendo de la causa del despido y las condiciones del contrato de trabajo que se haya firmado al inicio de la relación laboral.

La principal indemnización es la relacionada con los años de servicio del trabajador en su espacio de trabajo, la que equivale al pago de 30 días de remuneración por cada año trabajado, con un tope de 11 años. Este pago aplica cuando el despido se realiza por las causales establecidas en el artículo 161 del Código del Trabajo, es decir, por necesidades de la empresa o desahucio.

En la misma línea, se puede recibir la indemnización que sustituye el aviso previo, en caso de que el despido sea inmediato y no exista una carta de aviso por parte del empleador con un mínimo de un mes de antelación, caso en el cual la empresa deberá pagar un monto correspondiente a 30 días de remuneración.

A esto se podrá sumar posibles indemnizaciones por despido injustificado, en caso que el trabajador demande a su empleador por alguna falta en el proceso, u otros montos equivalentes por beneficios y compensaciones que hayan sido acordadas previamente por ambas partes.

¿Puedo obtener algún otro beneficio si quedo cesante?

En el caso de que la relación laboral entre trabajador y empleador se acabe, el trabajador también podrá contar con otros beneficios para superar las dificultades económicas que genera esta situación.

El principal apoyo en esta situación es el Seguro de Cesantía, beneficio disponible para todos los trabajadores, el cual permite entregar un monto definido por los ahorros realizados por el trabajador en su Cuenta Individual, aporte que se realiza mes a mes en la remuneración.

Para esto, el trabajador debe acreditar que no tiene contrato a través del finiquito u otro documento que certifique la cesantía, y haber completado al menos 10 cotizaciones antes de su término del contrato en el caso de trabajadores con contrato indefinido, o 5 cotizaciones en el caso de trabajadores a plazo fijo.

Además, los trabajadores que queden cesantes pueden optar al Subsidio de Cesantía, apoyo disponible para las personas sin trabajo reciente que hayan tenido al menos 12 cotizaciones, o al Fondo solidario.

Sabemos que quedar sin trabajo es una situación compleja para cualquier persona, más en el escenario de crisis y dificultades económicas que atraviesa el país actualmente.

Por esto, acá te dejamos 8 consejos para encontrar trabajo este 2024 y te invitamos a conocer las distintas ofertas laborales que ATCOM tiene para ti.