La Ley 21.133 que está vigente desde 2019 continúa con los cambios de cara a la Operación Renta 2020, como el aumento en la retención en cada boleta y el nuevo porcentaje para la cobertura parcial a la que podrán acceder los trabajadores. Esto fue enviado a inicios de la semana por el ejecutivo para ser tramitado en el Congreso.

Luego de la puesta en práctica de la nueva Ley de Honorarios durante enero de 2019, este año continuarán los cambios al momento de realizar las boletas electrónicas y completar la Operación Renta 2020. Ya en abril pasado, los trabajadores comenzaron a cotizar obligatoriamente en instituciones de salud -Fonasa e Isapres- y pensión (AFP), montos que fueron descontados de la devolución de impuestos de cada colaborador y que permitieron que estos tuvieran protección social y de salud de manera garantizada hasta junio de este año.
Pero ésta no fue la única modificación, ya que la Ley 21.133 también incluye un cambio importante al momento de generar las boletas a partir de este año y otros beneficios que entregarán mayores garantías a los trabajadores que entregan servicios bajo este sistema.

Cambios a la boleta de honorarios

Uno de los cambios más importantes para los trabajadores que realicen labores a Honorarios es el aumento vigente desde el 1 de enero de 2020 en la retención de impuestos de cada boleta, pasando de un 10 a un 10,75%, monto que aplicará para cualquier persona natural que emita boletas electrónicas y en papel. Por esta razón, los colaboradores y sus empleadores deberán estudiar cada caso para revisar quién se hará cargo de este aumento dependiendo si el pago acordado fue en Bruto o Líquido.
En el primer caso, si un trabajador recibe una renta bruta de $500.000 mensuales, hasta 2019 su retención era de $50.000 y su sueldo líquido de $450.000, mientras que en el nuevo escenario estos montos cambiarían a $53.750 y $446.250, respectivamente

article

En tanto, si el sueldo líquido de un trabajador se mantiene, el sueldo bruto deberá incrementarse para poder igualar el monto final considerando la mayor retención a partir del 1 de enero.

article

Cabe destacar que esta retención irá aumentando en 0,75% cada año hasta 2027, mientras que en 2028 el incremento será de 1%. De esta manera se logrará una retención del 17% que garantice el pago total de las cotizaciones previsionales y de salud de cada trabajador, igualando el monto a los de un colaborador con contrato.

Continúa la cotización obligatoria

Este 2020 será el segundo año en que los trabajadores que entreguen boletas de honorarios se enfrentarán al nuevo sistema de Operación Renta, bajo el cual se encuentran obligados a cotizar en instituciones de salud y pensiones.

Al igual que en 2019, cada colaborador podrá seleccionar el tipo de cobertura que requerirá para el periodo julio 2020 – junio 2021. La primera opción es la Cobertura Completa , en la que cada trabajador quedará cubierto en un 100% para los 12 meses ya mencionados, destinando el total de las retenciones que el Servicio de Impuestos Internos haya realizado en las boletas entregadas en 2019. De esta manera, la persona que elija esta opción no recibirá un monto por concepto de devolución de impuestos, pero garantizará su protección de salud y social.

En tanto, para aquellos trabajadores que no quieran destinar este monto en su totalidad, se ofrece una opción de Cobertura Parcial , la cual en este 2020 implicará una retención del 17% a la devolución de impuestos -en 2019 fue de un 5%-.

De todas maneras, existen excepciones al pago de estas coberturas, las que se explican a continuación:

article

¿Qué beneficios entrega la nueva ley?

Cabe recordar que la puesta en práctica de la nueva ley permitirá que los trabajadores a honorarios puedan acceder a los mismos beneficios de salud que un trabajador a contrata. De esta manera, cada colaborador contará con un Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, además de la posibilidad de acceder al Subsidio por Incapacidad Laboral en caso de recibir una licencia médica.

Al mismo tiempo, gracias a la cotización previsional podrán acceder a beneficios como Asignación Familiar, Maternal y Aporte Familiar Permanente, junto con la pensión de vejez al momento de jubilar.

Si quieres conocer el resto de los beneficios a los que pueden acceder los trabajadores gracias la implementación de la nueva ley, puedes ingresar al sitio especial. publicado por la Subsecretaría de Previsión Social.