El pasado 27 de julio entró en vigencia la nueva ley que permite extender el Permiso Postnatal Parental para todas aquellas personas que hayan finalizado su periodo entre el 1 de mayo y el 30 de septiembre de este año.

Este proyecto se impulsó para permitir que las trabajadoras y trabajadores puedan ausentarse durante un periodo más largo de sus trabajos luego del nacimiento de sus hijos, para permitir un mejor cuidado familiar en medio de la emergencia sanitaria que aún atravesamos.

De esta manera, se entrega una mayor flexibilidad y protección a los menores, además de brindar tranquilidad a los padres recientes, debido a la preocupación mostrada durante los últimos años al momento de tener que volver al trabajo luego del periodo de postnatal.

¿Qué características tiene el beneficio?

En síntesis, la ley permite extender el Permiso Postnatal Parental por un máximo 60 días, permiso que se extingue en cualquier caso el 30 de septiembre de 2022. Así, los trabajadores que sean beneficiados en esas fechas deberán volver a sus puestos a más tardar el 1 de octubre próximo.

Asimismo, los trabajadores y trabajadoras cuyo postnatal haya terminado luego del 1 de mayo podrán solicitar un nuevo período de permiso que se extenderá desde la fecha de la solicitud hasta el 30 de septiembre.

En tanto, al igual que el postnatal tradicional, este permiso extendido también será pagado a través de Fonasa, Isapre o Caja de Compensación, según corresponda.

De esta manera, si una trabajadora terminaba su postnatal entre el 1 de mayo y el 26 de julio, podrá reiniciar su permiso a partir de la solicitud y validación del beneficio hasta el 30 de septiembre. En tanto, si el postnatal oficial terminaba luego del 27 de julio, este se extenderá hasta la misma fecha anterior del caso anterior.

A su vez, este periodo extendido tendrá las mismas condiciones que el Postnatal tradicional, por lo que el cálculo del pago será similar al de los meses donde ya se utilizó el permiso.

¿Cómo se accede al beneficio?

Todas las personas que hayan finalizado su Permiso Postnatal Parental entre el 1 de mayo y el 27 de julio y que quieran acceder a este nuevo beneficio, deberán informar al empleador y a la Inspección del Trabajo, vía correo electrónico (upartesyarchivodt@dt.gob.cl) o carta certificada.

En este documento, se deberá indicar la fecha de inicio del uso del nuevo beneficio desde cuándo comenzará el periodo extendido y la entidad que pagará el permiso.

Cabe destacar que este trámite se podrá realizar hasta este miércoles 11 de agosto, fecha en la cual dejarán de recibirse solicitudes retroactivas.

En tanto, para cualquier persona cuyo permiso postnatal culmine luego del 27 de julio, el permiso se extenderá de manera automática sin necesidad de trámites hasta el 30 de septiembre, sin importar la fecha en la que comienza a utilizarse el beneficio.

¿Quiénes podrán acceder al beneficio?

Pensando en abarcar a la mayor cantidad de trabajadores, esta ley entrega este beneficio a personas del sector público y privado, incluyendo incluso a los trabajadores independientes que mantengan sus cotizaciones al día.

De esta manera, las autoridades estiman que más de 30 mil trabajadores se verán beneficiados por esta medida, cuyo financiamiento tendrá cargo al Fondo Único de Pensiones Familiares y al Subsidio de Cesantía, por lo que no afectará a otras instancias como el Seguro de Cesantía de cada trabajador.

Finalmente, al tener las mismas características que un Postnatal tradicional, este beneficio puede ser traspasado a los padres, siempre que en el Permiso Postnatal Parental tradicional también se haya realizado el traspaso al mismo.

Si quieres obtener más detalles o te quedan dudas sobre el funcionamiento del Permiso Postnatal Parental Extendido, te invitamos a visitar la página especial que la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) creó para esta ley.