La normativa que entró en vigencia el pasado 1 de julio viene a regular todos los aspectos de la relación entre colaborador y empleador en los casos donde los servicios se entregan a distancia. A continuación, te entregamos más detalles.

Los cambios en el mundo del trabajo producto de la pandemia obligaron al Ejecutivo a plantear una normativa que permitirá regular de mejor manera los aspectos propios de realizar labores en nuestras casas. Por esto, se hizo hincapié en la creación de una nueva Ley de Teletrabajo en el país.

La normativa, que fue aprobada en el Parlamento en abril y acaba de entrar en vigencia fortalecerá la relación entre empleadores y sus colaboradores en el contexto del trabajo a distancia, los que se verán reflejados como cambios en los contratos o nuevos anexos que permitan establecer definiciones claras sobre las labores y disponibilidad de cada persona.

Por esto, a continuación, revisamos los aspectos más importantes de la normativa, los requisitos y algunas de sus características.

¿Qué aspectos busca regular la normativa?

Entre los puntos más relevantes que se buscan establecer con esta normativa se encuentra la distribución de la jornada de trabajo de cada colaborador. No sólo en lo referido a la cantidad de horas en las que éste se encontrará conectado, sino que también en lo referido a periodos de colación o espacios para cumplir con otras obligaciones personales.

De hecho, en este punto la normativa traerá uno de los principales cambios al modelo actual, ya que la mayoría de los colaboradores que realizan teletrabajo se encuentran contratados bajo el artículo 22 del Código del Trabajo, por lo que no tienen horarios específicos de entrada y salida. En cambio, ahora se podrá negociar una jornada establecida y se deberán definir las horas de disponibilidad durante un día.

En esta misma línea, se fortaleció el derecho de los trabajadores a mantener un mínimo de 12 horas continuas de desconexión, sin considerar los periodos de descanso dentro de la jornada laboral, por lo que la disponibilidad de los colaboradores no será 24/7 legalmente.

Al mismo tiempo, los mecanismos de control también quedarán establecidos en el contrato laboral, ya sea según el uso de tecnologías de registro de cumplimiento, horarios de conexión, reportes diarios o cumplimiento de metas específicas.

¿Qué ocurre con las herramientas de trabajo?

Uno de las principales dudas al momento de realizar o proponer la realización de labores bajo el formato de teletrabajo aparecía cuando el empleador y sus colaboradores debían definir las herramientas que se utilizarán en la jornada laboral.

Por esto, la nueva ley definió que, en este escenario, todas las herramientas necesarias para que el trabajador desempeñe sus labores deben ser proporcionados por la empresa en la que trabaja, incluyendo equipos como computadores, materiales e incluso el Internet que utiliza, además de los costos de mantención, operación y funcionamiento de las herramientas que se dispongan.

¿Cuáles son los requisitos que se exigen en este contrato?

La normativa especifica que los nuevos contratos que se realicen bajo el alero de la Ley de Teletrabajo deben tener los mismos aspectos que los acuerdos tradicionales entre un trabajador y su empleado, pero con ciertas especificaciones.

Por ejemplo, se deberá dejar una indicación de que se trata de un contrato de teletrabajo, especificando si se trata de una modalidad parcial, repartiendo labores entre el hogar y la oficina-, o total.

A su vez, se deberá dejar explicito el lugar donde se realizarán los servicios, con la posibilidad de que el trabajador pacte una selección libre del espacio en el que hará sus labores. De todas formas, esto podría dificultar, a futuro, la justificación de accidentes laborales en este escenario, por lo que no es recomendable.

El contrato también deberá indicar la duración de la jornada, horarios de desconexión total y mecanismos de supervisión, los cuales deben ser comprobables ante la Dirección del Trabajo.

Si quieres conocer más en detalle la ley, te invitamos a visitar la guía creada por la Biblioteca del Congreso Nacional.