Aumentos en los montos, más giros y mayores facilidades para acceder al Seguro son algunas de las modificaciones vigentes desde el pasado viernes. Además, se amplió la Ley de Protección hasta 2021.

Luego de una larga discusión en ambas Cámaras, el Parlamento aprobó los cambios al Seguro de Cesantía y la Ley de Protección al Empleo propuestos por el Gobierno para ampliar el apoyo que el Ejecutivo está entregando a aquellos trabajadores que hayan visto afectadas sus fuentes de ingresos en medio de esta pandemia que ya se acerca a su sexto mes en el país.

Las modificaciones, que ya se encuentran vigentes desde el pasado viernes 4 de septiembre, buscan solucionar tres puntos clave en los que se quería perfeccionar el actual proceso de ayuda a los trabajadores cesantes o cuyos contratos se encontraban suspendidos de manera parcial o total: acceso al beneficio, montos y plazos de pago.

"Esto llega porque ya estamos cerca del término de la vigencia de la Ley de Protección al empleo, que es a fines de octubre. Por esto, ahora también el Ministerio de Hacienda tendrá la facultad de prorrogar estos beneficios por cinco meses más y ampliar algunos de estos"

, detalla Daniel González, asesor legal de ATCOM.

Ley de Protección al empleo hasta febrero de 2021

Sin dudas, el anuncio más importante de cara a las empresas más afectadas por la pandemia es la ampliación de la vigencia de la Ley de Protección al empleo por, al menos, cinco meses más, para aquellas empresas que necesiten suspender el contrato de sus trabajadores por acuerdo mutuo o fuerza mayor.

Así, los empleadores que necesiten acogerse a la Ley tendrán hasta febrero de 2021 para poder acceder a los beneficios de la normativa, plazo que podría ser aplazado por Hacienda si se mantienen las cuarentenas en caso de rebrotes en el país.

En tanto, aquellas empresas que quieran realizar la reducción de la jornada laboral de sus colaboradores podrán hacer la solicitud hasta julio del próximo año, situación que también podría ser ampliada por las autoridades, de ser necesario.

Aumento en el monto de pago y más giros para el Seguro

Uno de los cambios principales del proyecto de cara a los trabajadores es el aumento del porcentaje bajo el cual se calcula el monto que recibirá cada colaborador que se encuentre beneficiado por el pago del Seguro de Cesantía Solidario, el que aumentará a un 55% del salario imponible en el tercer y cuarto giro.

Al mismo tiempo, se garantiza el sexto y séptimo giro para los trabajadores afectos a la Ley, aumentando su tasa de reemplazo del salario de un 30% a un 45%, montos que serán pagados a los nuevos beneficiados y a los anteriores, quienes recibirán el alza de manera retroactiva.

De esta manera, el Pago del Seguro de Cesantía en este periodo no será de cinco, sino de siete giros para todas personas cubiertas, sin distinción de tipo de contrato, ya sea indefinido, por plazo fijo o faena u obra.

Esta decisión apoyará a los más de 60 mil trabajadores que ya se encontraban en la fase final de la cobertura del seguro y que no sabían si volverían a sus puestos de trabajo o serían despedidos, debido a la paralización que aún se da en el mercado debido a las cuarentenas, algo que afectaba principalmente a la industria de la construcción, turismo y restaurantes.

"Cabe destacar que las modificaciones también le dan la facultad al Ministerio de Hacienda de ampliar o crear nuevos beneficios en el marco de la Ley de Protección al Empleo, por lo que de mantenerse esta situación podrían aparecer nuevas modificaciones"

, destaca Daniel González.

Mayor acceso al Seguro de Cesantía

Las modificaciones a la Ley también generaron un nuevo beneficio a aquellas personas que hayan perdido su trabajo en los últimos meses, ya que se flexibilizaron y redujeron los requisitos para acceder a los pagos del seguro de Cesantía de manera transitoria hasta el 31 de octubre.

Por esta razón, para que un trabajador pueda recibir el pago del Seguro de Cesantía solidario, deberá tener sólo tres cotizaciones continuas antes del final de su contrato, en el caso de que haya sido por un plazo fijo, obra o faena.

Mientras, para aquellas personas que estuvieron contratadas de manera indefinida, se solicitará 6 cotizaciones continuas o discontinuas en los últimos 12 meses, exigiendo sólo que las últimas dos hayan sido continuas y con un mismo empleador.

En tanto, si un trabajador tampoco cumple estos requisitos, podrá acceder a los montos acumulados en su cuenta individual, siempre y cuando no presente cotizaciones en los últimos dos meses.

De todas formas, es difícil calcular cuál será la magnitud de estas modificaciones. En esta línea, Daniel González anticipa que

"recién tendremos una magnitud real al final de todo esto, cuando se pueda revisar y analizar los datos post pandemia"

Si quieres conocer más detalles sobre los cambios al Seguro de Cesantía y la Ley de Protección al Empleo, te invitamos a visitar la página de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), que generó una página especial con la información para ambos casos.